Para José María Salcedo Benavente, socio firme Ático legal
Es común que muchos contribuyentes se consideren que están pagando mucho IBI. Frecuentemente, el valor catastral de una propiedad es muy alto y poco o nada tiene que ver con su valor de mercado. Pero, ¿qué pasa si han pasado años desde que se aprobó la petición o si nunca se apeló? ¿Todavía es posible solicitar una revisión del valor catastral de las propiedades?
La respuesta es un sí rotundo. Y es que, aunque ha pasado el plazo para apelar la presentación de valores, o la notificación individualizada del valor catastral, los contribuyentes tienen a su disposición dos instrumentos para solicitar la rectificación de dicho valor catastral: el procedimiento para corregir discrepancias y corregir errores materiales, aritméticos o fácticos. La elección entre uno u otro procedimiento debe realizarse en función del error existente. Y esta evaluación debe ser realizada por un técnico especializado en tasación catastral.
Cómo solicitar la corrección del valor catastral
la procedimiento de corrección de desviación Continuará cuando exista un error relacionado con las características del inmueble (edad, categoría, uso o destino), y también en el caso de errores superficiales derivados de la aplicación de un estado de derecho (errores de derecho). Esto ocurre en el caso de terrazas, balcones, porches …
En efecto, este trámite sólo podrá ser iniciado por la Administración cuando se le señale la discrepancia entre la descripción catastral del inmueble y su realidad física. Por tanto, corresponde al contribuyente informar a la Administración de esta circunstancia, para que sea esta última la que inicie el procedimiento de subsanación de las discrepancias.
A menudo, el valor catastral de una propiedad es muy alto y poco o nada tiene que ver con su valor de mercado.
Finalmente, indique que si se corrige la desviación relevante, los efectos se producirán a partir del día siguiente a la fecha en que se adopte el acuerdo de corrección. Por tanto, el ahorro fiscal será reconocido por el contribuyente en los recibos del IBI que correspondan al pago de dicho convenio.
Por su parte, procedimiento para rectificar errores materiales, aritméticos o fácticos, continuará cuando no se haya aplicado correctamente la información urbanística de la propiedad, y en todos los casos de errores superficiales (excepto los mencionados anteriormente).
En este caso, el contribuyente puede iniciar el trámite él mismo. Y los efectos del convenio que considere la rectificación serán retroactivos, desde la fecha en que se cometió el error en la tasación catastral. Por tanto, será posible solicitar el reembolso del excedente del IBI pagado en los últimos años, con un límite de cuatro años. Por lo tanto, los ahorros fiscales se realizarán no solo en comparación con años anteriores, sino también en comparación con años futuros.
¿Cómo afecta esto a otros impuestos?
Pero no solo es posible pagar menos IBI, una vez corregido el valor catastral. Y eso es todo, existen varios impuestos que parten de dicho valor, para obtener su base imponible.
Hablamos por ejemplo de los famosos plusvalía municipal, cuya base de cálculo es el valor catastral. Pues bien, si se consigue la rectificación de dicho valor, y además con efectos retroactivos, será posible obtener la devolución del importe abonado.
Asimismo, con la corrección del valor catastral También puede ahorrar en ITP y en impuestos sobre sucesiones y donaciones., cuando el valor solicitado por la Tesorería Autonómica haya sido calculado según alguno de los métodos que parten del valor catastral para obtener el valor real de los bienes (por ejemplo, el método del artículo 57.1.b de la Ley General Tributaria).
Finalmente, también en el Impuesto sobre la renta Se pueden obtener ahorros fiscales si se puede rectificar el valor catastral. En este caso, con un valor catastral menor, la imputación de rentas inmobiliarias también será menor. Todas las ventajas de un vistazo. Vale la pena intentarlo |
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