El 17 de septiembre se abre el plazo de solicitud de ayudas para el II Plan de Fomento de las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en el sector residencial, una iniciativa de la Comunidad de Madrid a través de la Fundación Energía. Y serán premiados por orden de presentación.

Tras el éxito de la primera edición del Plan de fomento de las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en el sector residencial, la Comunidad de Madrid publicó el pasado mes de junio en el Diario Oficial CAM todas las condiciones que deben conocer las comunidades de propietarios (o vecinos de viviendas individuales) así como las empresas instaladoras para acceder a las subvenciones establecidas en la segunda edición del Plan, cuyo presupuesto total supera con creces al de la primera edición , pasando de 170.000 a 500.000 euros.

Paneles solares. Pixabay

Este aumento presupuestario responde no solo al éxito de la primera edición, sino también a los últimos desarrollos regulatorios a nivel nacional, con un claro compromiso por parte del gobierno central de promover el autoconsumo de energía. En este contexto, los objetivos que la CAM propuso con este Plan son aún más relevantes:

  • Reducir la demanda de energía.
  • Reducir la factura energética de los usuarios.
  • Promover el desarrollo de una tecnología que utilice energías renovables como la energía solar.

Toda la información necesaria para beneficiarse del Plan se puede encontrar en la página web que la Administración ha habilitado para facilitar la comunicación con residentes e instaladores: planfotovoltaicamadrid2.com. Pero para las comunidades de propietarios, creemos que este resumen puede ser útil:

  1. ¿Para qué se utilizan las subvenciones?

Realizar instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo en edificios residenciales.

  1. ¿Quién puede beneficiarse de la asistencia?

Comunidades de propietarios de inmuebles residenciales y residentes de viviendas unifamiliares.

  1. ¿Cómo se manejan las solicitudes?

Gracias a la instalación, las empresas se adhirieron al plan. Esto significa que los propietarios deben contactar con estas empresas para preparar el presupuesto de la obra y una vez seleccionado el proyecto y la empresa que realizará la instalación, será la propia empresa la que realizará los trámites de solicitud de la subvención.

  1. ¿Cómo saber qué empresas instaladoras están adscritas al plan?

En la web del Plan se ha habilitado una sección con el listado completo de empresas. Se puede ver en esta dirección: gestion.planfotovoltaicamadrid.com/public/installers

  1. ¿Qué parte del coste de las obras cubre la subvención?

30% sobre el valor del coste subvencionable.

  1. ¿Con qué criterios se conceden las ayudas?

La Comunidad de Madrid ha establecido que las ayudas se concederán «en orden de presentación asimismo, hasta que se agote el presupuesto disponible o, si se produce antes, hasta que se cumpla el plazo de validez de la convocatoria correspondiente ”, siempre que las solicitudes cumplan con los requisitos establecidos.

  1. ¿Cuánto tiempo tengo para pedir ayuda?

Del 17 de septiembre al 31 de diciembre de 2019.

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