Certificados Oficiales de Deuda y Estado de Cuentas
Emisión oficial de certificados de estar al corriente de pago con la comunidad para compraventas inmobiliarias ante Notario en la Comunidad de Madrid. Expedición rigurosa en 24-48 horas con la firma de Administrador de Fincas Colegiado (CAF Madrid nº 8.575) y Visto Bueno de Presidencia.
¿Por qué es Obligatorio el Certificado de Deuda en la Venta de un Inmueble?
El artículo 9.1.e de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal establece que en toda escritura pública de transmisión de vivienda o local comercial, el transmitente debe aportar certificación sobre el estado de deudas con la comunidad expedida por el Secretario con el visto bueno del Presidente.
Seguridad Notarial en la Escritura
El Notario exige preceptivamente el certificado original o firmado electrónicamente en el acto de la firma. Sin este documento, salvo exoneración expresa del comprador, la compraventa no puede formalizarse en escritura pública.
Protección frente a la Afección Real
Por imperativo legal, el inmueble responde con afección real de las deudas comunitarias devengadas en el año en curso y en los tres años naturales anteriores. El certificado blinda al comprador frente a reclamaciones sorpresivas.
Derramas Pendientes y Futuras
Detalla con exactitud contable no solo las cuotas ordinarias vencidas o satisfechas, sino también los importes aprobados en Junta para obras, ITE o mejoras pendientes de cobro para deslindar quién asume el pago.
Cómo Solicitar su Certificado Oficial en 3 Pasos
Envío de Datos
Nos facilita la dirección del inmueble, piso/puerta, referencia catastral y datos del propietario transmitente y comprador.
Auditoría Contable Exprés
Comprobamos el estado contable de la finca, los recibos emitidos, pagos domiciliados y acuerdos de derramas aprobadas en Junta.
Firma y Entrega
Emisión del certificado con firma colegiada y Vº Bº del Presidente, remitido telemáticamente en formato PDF válido para Notaría en 24-48 horas.
Certificado de Deuda para Compraventa: 50 €
Tarifa cerrada de 50 € por finca registral (vivienda, local, plaza de garaje o trastero). Incluye verificación contable completa, redacción del documento oficial con cláusulas de derramas, firma de Administrador Colegiado (CAF Madrid 8575) y Visto Bueno de la Presidencia de la Comunidad.
¿Tiene Próxima la Fecha de Firma en Notaría?
Atendemos con máxima celeridad para evitar dilaciones en la formalización de su compraventa. Llámenos directamente o envíenos los datos de la finca.
