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La Inspección Técnica de Edificios – Ciudad & Comunidad

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Para Beatriz Vicente, arquitecto técnico en Grupo GTG

La ITE es el Inspección técnica de edificios que se lleva a cabo para comprobar el estado de conservación del mismo. Para ello, se realiza una inspección visual en diferentes partes del edificio:

  • Fundación
  • Estructura
  • Mantas
  • Fachadas exteriores, terrazas e interiores
  • Instalaciones, incluidas fontanería y saneamiento

El ITE está regulado por la Real Decreto-ley 8/2011, que establece que en ciudades de más de 25.000 habitantes, las edificaciones de más de 50 años deben realizar la inspección antes mencionada. Cada Comunidad Autónoma puede establecer su propia normativa y los municipios sus Ordenanzas sobre el ITE; especialmente en el municipio de Madrid, hay Ordenanza sobre conservación, rehabilitación y estado de ruina de edificios.

Mantenimiento preventivo

Lo que quiere conseguir el ITE es realizar un mantenimiento preventivo del parque edificable español, aplicando medidas de conservación y mantenimiento a los edificios para evitar que sufran lesiones por mal mantenimiento, mal uso, deterioro por condiciones meteorológicas, etc. Esta inspección puede ser realizada por un técnico, arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero cualificado.

El objetivo del ITE es realizar el mantenimiento preventivo del parque edificable español, aplicando medidas de conservación y mantenimiento a los edificios.

En caso de ITE lo prueba desfavorable, será necesario realizar trabajos de rehabilitación en el edificio. Una vez realizados estos y verificado que cumplen con los requisitos exigidos, se emitirá un nuevo informe; un certificado final de obra en caso de que fuera necesario un proyecto para realizar la obra, y un certificado de competencia en caso de que no fuera necesario ningún proyecto.

En la actualidad, también existe la obligación de realizar la Informe de evaluación de edificios (EEI), regulado por la ley de 27 de junio de 2013, Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana, y posteriormente por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de rehabilitación territorial y urbana.

En este informe, además de verificar el estado de conservación del edificio, se incluyen las condiciones básicas de accesibilidad universal a las que se ajusta el edificio, estableciendo si es probable que el edificio realice ajustes razonables, y su certificado de eficiencia energética.

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