
Adrien gomez, Presidente de Tecnifuego-AESPI
El nuevo Regulación de las instalaciones de protección contra incendios, RIPCI, que será de obligado cumplimiento el 12 de diciembre de 2017. Entre los desarrollos más importantes que pueden afectar a la edificación residencial, destacamos los siguientes:
1) La propiedad está obligada a realizar Revisiones trimestrales de dispositivos, equipos y sistemas. Y debe constar en el informe (según UNE 23580 Seguridad contra incendios. Informe de inspección de instalaciones y equipos de protección contra incendios. Inspección técnica para mantenimiento). Este requisito se puede dejar a una empresa de mantenimiento o la propiedad puede hacerlo. Dicho informe debe estar firmado por el establecimiento y el mantenedor.
2) En aparcamientos de más de 500 metros cuadrados, inspección periódica de los equipos de extinción de incendios instalados durante más de 10 años. Este control será realizado por una OCA (organismo de control homologado) independiente. Los tiempos de inspección serán de 1, 2 o 3 años, según el tiempo de instalación del equipo contra incendios.
3) Hay mayores exigencias a la Condiciones hidráulicas EIB, equipado con una boca de incendios (armario con manguera).
4) Una novedad importante es la vida útil de los equipos de protección contra incendios. Por ejemplo, en el caso de los detectores se reemplazarán cada 10 años.
5) El instalación de iluminación de emergencia (en caso de fallo de la iluminación normal) con sus requisitos bien detallados en el texto legal.
6) El señalización fotoluminiscente para evacuación, salidas de emergencia y señalización de equipos de protección contra incendios a una vida útil de 10 años, después de lo cual será necesario reemplazarlos o hacer una prueba de luz.
Asimismo, se ha actualizado el listado de estándares de aplicación de sistemas, las características de uso de determinados sistemas como hidrantes, BIES, etc. han sido aclarados.
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