Es evidente que la situación de pandemia mundial que ha atravesado nuestra sociedad ha cambiado muchas cosas. Sin duda, ha sido un acicate para que las nuevas tecnologías se instauren ya sin remisión posible, haciendo que muchas personas se pregunten si una junta de vecinos online es legal o no.
Durante muchos meses han estado prohibidas las reuniones de personas no convivientes, o se han limitado mucho según las medidas tomadas en diversas comunidades. Así pues, realizar reuniones de propietarios ha sido casi imposible.
Fue así que surgió la posibilidad de las reuniones de vecinos online. Ahora bien, ¿son legales? La respuesta es sí, aunque para que se pueda celebrar y no haya motivo de impugnación se han de cumplir ciertos requisitos clave que conocemos a continuación.
¿Qué saber para organizar una junta de vecinos online?
Si estás seguro de que todos los vecinos pueden acudir a una junta de propietarios online, vas a necesitar diversas herramientas para poder llevarla a cabo. Veamos los más importantes de todo ello.
Software adecuado
Lo primero y principal es tener un software de comunicación adecuado para poner en marcha la videoconferencia. Ahora bien, para que sea absolutamente legal, no puedes utilizar Zoom o Google Meet como si fuera una reunión de trabajo o entre amigos, pues aquí hacen falta ciertos elementos clave para que sea considerada legítima.
Recordemos que para que la reunión de vecinos online sea adecuada y pueda ser aceptada, requiere de herramientas que puedan hacer un conteo de la asistencia registrada, posibilidad de votar los puntos del Orden del Día, etc.
Así lo estima el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que vio la luz en el BOE cuando se declaró el Estado de Alarma, y que facilita el uso de estas herramientas online.
Es importante, pues, contar con las herramientas tecnológicas adecuadas y, de hecho, saber adaptarlas a las necesidades de las juntas. Básicamente serían estas:
- App para videoconferencias: hay varias, y aquí hemos hablado de algunas como Zoom o Google Meet, que tienen que adaptarse a las necesidades concretas, no a una reunión con amigos y familiares.
- App para anotar asistencia y votación: esta parte es más compleja, pues además de la herramienta de comunicación para videoconferencias, también hay que añadir otra que asegure que se pueden hacer votaciones telemáticas y control de asistencia. Hay algunas interesantes como Adminet 24h o Sufragium. En cualquier caso, todo el mundo debe poder adquirirla y usarla sin tener que gastar dinero.
- Conexión a internet: para que la reunión pueda ser llevada a buen término, todos los propietarios deben poseer una conexión mínima a internet, en general, que no baje de 4G, para que no haya interrupciones y problemas durante la junta.
Convocatoria con reunión física
Si bien en una convocatoria física hay una dirección física en la que se va a celebrar la reunión, en la que se envíe online también conviene que haya un enlace para la videoconferencia, además de todo cuanto sea necesario para la conexión, como la app, la herramienta que usarán si se va a delegar la asistencia y el voto, y también una dirección física que se considere como se hará la reunión.
Así está establecido por la Ley de Propiedad Horizontal, siempre que quede claro que toda persona puede acudir de forma presencial y personal o no, o bien por la representación legal elegida.
Así pues, en la reunión habrá un enlace y una dirección para el programa que se use, como hemos dicho, ya sea Google Meet, Teams, etc.
Todo vecino podrá votar telemáticamente
Y, por supuesto, debe quedar claro que todo vecino podrá votar de forma telemática y de manera que sea legal y válida. Para ello, como ya hemos comentado, se debe utilizar una app móvil o no, pero que sea específica para este trabajo. Por ejemplo, una herramienta como Adminet 24h.
Ahora bien, también hay que saber que todos los propietarios que van a participar en la reunión de forma telemática envían la papeleta de asistencia y de voto. Es decir, tienen que rellenar la hoja, algo sencillo que está automatizado en muchas apps, como la ya citada Adminet 24h.
El acta
El acta tiene que recoger la asistencia de todos y cada uno de los asistentes. Los nombres, ya estén ahí de forma presencia o telemática, deben aparecer para que quede constancia.
Como vemos, es legal, por lo que una junta de vecinos online, si bien todavía no es fácil de realizar, sí que se puede llevar a cabo si se desea. Para saber más sobre la temática, no dudes en contactarnos y preguntar tus dudas.
Recuerda que, como comunidad, se debe contratar a un administrador de fincas colegiado para no incurrir en posibles ilegalidades, y para saber que siempre hay un grupo de expertos que responde por el profesional. Para saber más sobre el tema, contáctanos hoy mismo.