Toda junta de vecinos debe conocer al administrador de fincas y sus obligaciones. Y es que, cuando se contrata a un profesional, es conveniente tener conocimiento cercano de lo que puede y no puede hacer, y también de las labores que está obligado, o no, a llevar a cabo.

Parece sorprendente, pues el administrador de fincas es una figura muy común en el organigrama de los vecindarios. Sin embargo, son muchos los ciudadanos que desconocen sus funciones verdaderas y hasta dónde puede o no puede llegar en el cumplimiento de sus funciones.

Sea como fuere, todo está bien reflejado en la Ley de Propiedad Horizontal, que en su artículo 20 regula la labor y las atribuciones de estos profesionales.

Administrador de fincas: obligaciones del profesional

Dicho esto, entendemos la necesidad de explicar de forma diáfana a qué está obligado el administrador de fincas en el desempeño de sus funciones cuando es contratado por una comunidad de vecinos. Veamos.

Cumplimiento de contrato

El administrador de fincas es el profesional que se encarga de velar por el buen régimen de la comunidad. Se hará cargo del correcto uso de servicios e instalaciones y pondrá en efecto las advertencias y apercibimientos necesarios a los titulares.

Básicamente se encarga de que los servicios funcionen correctamente según manda la legalidad. Todo esto suele incluir mantenimiento del ascensor, antenas y comunicaciones, portería, seguros sociales y nóminas de los posibles empleados, puertas de garaje, seguro de la finca, etc.

Obligaciones contables

Con antelación, y siempre contando con la aprobación de la junta, donde se somete el plan de gastos previsibles, presentará dicho plan, lo preparará y propondrá todos los medios necesarios para hacerle frente.

Es decir, realiza presupuestos con bases reales de datos de gasto según los pagos de la finca del año anterior sumando la subida del IPC.

Obligación de conservación

Ya hemos visto por encima la obligación que tiene el administrador de fincas de encargarse del mantenimiento correcto de todos los servicios de la finca. Es decir, atiende a su conservación, teniendo que encargarse de las reparaciones cuando fuere necesario.

Se tomarán medidas, urgentes en el caso de serlo, dando cuenta inmediata al presidente para que este lo pase a los propietarios. De esta forma, tiene obligación de buscar profesionales reconocidos y adecuados para solventar cualquier problema urgente que surja en la finca, para luego rendir cuentas ante el presidente y la junta.

Dará especial prioridad a aquellas reparaciones consideradas urgentes. Es necesario arreglar problemas en fincas que son de primera necesidad, por ejemplo, el ascensor.

Para todo tipo de reparaciones, el administrador debe asegurar la transparencia. Por eso es recomendable que busque al menos tres presupuestos diferentes para acometer las obras requeridas, todo ello en pro de la correcta gestión y del mantenimiento adecuado de la finca.

Cumplir con lo acordado en junta

El administrador tiene la obligación de cumplir con todo lo que se acuerde en la junta de vecinos de forma democrática según la ley y los estatutos de la comunidad. Así pues, trabajará como cobrador, y también como pagador, para adaptar dichos acuerdos a materia de obras, contratos de profesionales, etc.

Custodia de la documentación

El administrador es una figura que tiene obligación de dejar constancia de todo cuanto se habla en la junta. Así pues, trabajará como secretario de dicha junta y, a su vez, debe custodiar los documentos necesarios y ponerlos siempre a disposición de los titulares, o sea, los propietarios de la comunidad.

El administrador tiene, por ley, la obligación de ejercer como custodio de la documentación no sensible por un tiempo de 5 años. Se refiere a recibos, facturas, contratos no prorrogados, etc. También los apoderamientos, las comunicaciones, las convocatorias y todos los documentos que se consideren relevantes.

Obligaciones atribuidas por la junta

También se puede dar el caso de que la junta atribuya ciertas competencias específicas al administrador. Se hace por voluntad propia que conciernen a la comunidad y que el profesional acepta.

Obligaciones extraordinarias

Nos estamos basando en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal. Sin embargo, también puede haber ciertas responsabilidades extraordinarias no recogidas en dicha ley y que podrían atañer al administrador. Por ejemplo, en la realización de certificados que marquen el estar al corriente de pagos para la venta de un piso. Siempre actuando dentro de la legalidad y con el visto bueno del presidente en nombre de la comunidad.

Si eres administrador de fincas, estas obligaciones te interesan, ya que en su mayoría las has de cumplir en el correcto desempeño de tu profesión. Para saber más, no dudes en ponerte en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

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