Para Jorge Morales de Labra
Ingeniero industrial y experto en políticas energéticas
La autosuficiencia en energía eléctrica gracias a la tecnología solar fotovoltaica ha pasado, en muy poco tiempo, de una opción reservada a los consumidores con una fuerte preocupación por la protección del medio ambiente, a una solución masiva. El motivo es que ahora, sin necesidad de ningún tipo de subvención, la gran mayoría de los consumidores pueden ahorrar en sus facturas de electricidad mientras ayudan a mejorar el planeta.
Dos hechos han contribuido principalmente a este cambio de paradigma: la espectacular reducción de los costes tecnológicos (los precios de los paneles han caído de 3 € / Wp en 2008 a menos de 0,5 € / Wp en la actualidad) y el fuerte aumento que han sufrido los precios finales de venta de la electricidad. en paralelo.
Esta realidad está revolucionando el estancado sector eléctrico en todo el mundo. En la mayoría de los casos, los reguladores han encontrado que sus sistemas más o menos sofisticados para distribuir los costos reconocidos a las empresas eléctricas a los consumidores no estaban preparados para esta nueva realidad. Por ello, han surgido muchas y variadas normativas del llamado «autoconsumo» – nótese que en lugar de centrarse en el consumidor, que preferiría la denominación de «autosuficiencia», el sector eléctrico prefiere centrarse en él mismo, toda una declaración de intenciones.
En algunos casos, la normativa de autoconsumo incluso ha introducido pagos al productor-consumidor por energía autoconsumida, justificados por su contribución al logro de los objetivos de reducción de emisiones de CO.de ellos, en línea con lo que se hizo con sus “hermanas mayores”, otras plantas de producción a partir de fuentes renovables que, como sabemos, se han beneficiado de diversas políticas de desarrollo en gran parte del mundo.
En otros casos, consciente de que el sol no siempre sale cuando el consumidor necesita energía, la regulación se ha centrado en los llamados mecanismos de «balance neto», es decir, en los sistemas de compensación entre el exceso de energía, la energía producida que excede el consumo, generalmente al mediodía y la energía deficiente, generalmente por la noche.
En España, la normativa de autoconsumo ha sido objeto de controversia desde que un real decreto, 1699/2011, de noviembre de 2011, anunció la aprobación inmediata (cuatro meses) de una normativa que le afecta. El autor del Decreto no contaba -o sí, quién sabe- que apenas dos días después de su aprobación, las elecciones legislativas cambiarían el signo político del Gobierno.
Así, el gobierno de Mariano Rajoy tardó mucho más de lo previsto y no publicó un primer borrador de reglamento hasta el verano de 2013 para aprobar finalmente el texto definitivo (Real Decreto 900/2015), tras varios giros y vueltas, el 9 de octubre. 2015, poco más de dos meses antes, una vez más, de las elecciones generales.
Se puede decir sin riesgo de exagerar que, sin duda, Es la regulación más restrictiva del mundo en cuanto a autosuficiencia eléctrica. Lejos de premiar la energía autoconsumida, ha creado un cargo, conocido popularmente como el «impuesto solar», sin precedentes a escala internacional, que obliga al «sistema» eléctrico a ser compensado por la energía que sale del techo. Del consumidor. a su refrigerador. Por supuesto, los consumidores domésticos de hasta 10 kW de potencia contractual han sido eximidos temporalmente.
No se considera el saldo neto. Por el contrario, cualquier exceso de energía que pueda producirse debe transferirse al «sistema» eléctrico, a menos que uno se convierta en empresario y lo venda, en cuyo caso se aplican las mismas reglas de mercado que, por ejemplo, para las empresas nucleoeléctricas. centrales eléctricas.
España tiene la normativa de autosuficiencia eléctrica más restrictiva del mundo. Lejos de promover el autoconsumo, se ha creado un «impuesto solar», sin precedentes a nivel internacional,
Además, se han ideado un sinfín de obligaciones técnicas y administrativas, tanto más disuasorias cuanto más se reduce el tamaño de la instalación, como la obligación de colocar un segundo contador para medir toda la energía producida (para facturar el «sol impuesto «), la necesidad de contar con la autorización de conexión de la compañía eléctrica aunque se garantiza que la energía nunca se inyectará a la red, etc. Las obligaciones vienen con fuertes sanciones por incumplimiento, en algunos casos hasta 60 millones de euros.
Por si fuera poco, el decreto establece expresamente que “en ningún caso se podrá conectar un generador a la red interna de varios consumidores”, impidiendo en la práctica instalaciones compartidas en las comunidades de propietarios (en realidad están autorizadas; pero solo en casos donde la energía producida se utiliza exclusivamente para servicios comunes). Está claro que en un país donde dos tercios de las casas son edificios de apartamentos, esta prohibición es relevante.
Todas estas barreras dan lugar a una inversión fácilmente recuperable en un plazo de unos 10 años y cuya vida útil se estima en 30 años, no siendo en ningún caso amortizada en el ámbito doméstico en menos de 20 años.
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