Cómo transformar una habitación en una casa

Para Carlos Olivier. Arquitecto

Las solicitudes para transformar una habitación en hogar son cada vez más frecuentes. Para ello se deben tener en cuenta una serie de condiciones: En primer lugar, será necesario comprobar si el local se encuentra en una finca para la que Plan General Urbano de Madrid (PGOUM) Considera la posibilidad de uso residencial.

Si tal uso está permitido, tanto un solicitud de cambio de uso como licencia de obra acometer la reforma necesaria, presentando un proyecto técnico que debe justificar que la nueva vivienda cumple con los requisitos de higiene, seguridad, dimensiones, ventilación e iluminación, etc., impuestos tanto por el Código técnico de edificación (CTE) de acuerdo con la normativa urbanística.

Requisitos urbanos

Los principales requisitos que debe cumplir la vivienda nueva para cumplir con los requisitos impuestos por la Normativa Urbanística se recogen en la Artículos 7.3.3 al 7.3.8 del PGOUM. Así, la nueva vivienda deberá tener la condición de «exterior», para lo cual deberá tener una sección de fachada superior a 3 metros en la vía pública (o patio que cumpla las condiciones dimensionales descritas en el artículo 7.3.3.1.b del PGOUM: ser superior a 200 m2, permitir la inscripción de un círculo de 12 m de diámetro, etc.), en el que exista al menos un hueco en una sala de estar. Esta sala tendrá una superficie útil de más de 12 m2 y será posible inscribir un círculo de 270 cm de diámetro tangente a la pared donde se ubica el orificio de luz y ventilación.

La vivienda nueva deberá tener la condición de «exterior», con una sección de fachada superior a 3 metros en la vía pública o con un patio que cumpla con las condiciones establecidas por la normativa.

El PGOUM Se considera vivienda mínima aquella que cuenta con salón-comedor, cocina, dormitorio y aseo, y cuya superficie útil es superior a 38 m2., sin incluir en este cálculo terrazas, balcones, cenadores, tendederos o espacios con una altura libre inferior a 220 cm.

También es compatible reducir la superficie útil a 25 m2 en el caso de «estudios» que tengan una sola habitación (salón-cocina) que se puede utilizar como dormitorio, y que dispone de WC independiente. La altura libre mínima debe ser de al menos 250 cm en el 75% de su superficie útil, pudiendo reducirse hasta 220 cm en el resto.

A excepción de la cocina, aseos, pasillos, pasillos, tendederos y estancias similares, las demás estancias (sala de estar, dormitorios) tendrán la condición de «salas de estar», por lo que deben tener ventilación e iluminación natural. Las aberturas de iluminación natural deben tener un área superior al 12% del área utilizable de la sala de estar.

Cada habitación habitable debe tener una superficie practicable para ventilación natural directa mayor al 8% de la superficie útil de dicha habitación. La ventilación de las partes no habitables (aseos, despensa, trasteros, etc.) se puede solucionar mediante ventilación forzada.

El Plan General Urbanístico de Madrid permite reducir la superficie útil a 25 m2 en el caso de los «estudios» que cuentan con una única habitación.

Nada sala de estar Puede ubicarse en pisos debajo de la planta baja o con un piso debajo del nivel del suelo en contacto con él, excepto en una vivienda unifamiliar, que puede ubicarse en el piso superior inmediatamente debajo de la planta baja. Se cumple la iluminación natural antes citada, lo que permite la construcción de patios ingleses con un ancho mínimo de 250 cm.

La sala de estar y los dormitorios tendrán la condición de «salas de estar», para lo cual deberán contar con ventilación e iluminación natural.

A estos efectos, conviene aclarar que el PGOUM Admite como «planta baja» (artículo 6.6.15) aquella cuyo nivel del suelo se encuentra entre la acera y un plano paralelo a ella y 150 cm por debajo de ella. Es decir: un lugar donde el piso está a 60, 90 o 120 cm por debajo del nivel de la calle podría considerarse una planta baja si las salas de estar pudieran elevarse a la altura del nivel de la calle.

La cocidoAl tratarse de una estancia en la que se producen combustión o gases, contará con una chimenea para su escape la cual deberá ser independiente del orificio de luz y ventilación. La provisión de tendedero es opcional. Si existe, no se puede integrar en balcones o balcones, su superficie será superior a 3 m2 y deberá contar con un sistema de protección que dificulte la visualización de la ropa colgada en la calzada o en el espacio público.

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