Para Enrique Fernandez, Asesor arquitectónico de CAFMadrid
Cuando se llevaran a cabo trabaja en un edificio, surgen dudas en la comunidad de propietarios sobre la normativa vigente a tener en cuenta. Siempre hay propietarios que, hablando «de oídas», presentan en las reuniones los estándares que se supone deben respetarse en la ejecución de la obra.
Todos hemos oído hablar de Código técnico de edificación. Esta es la norma estatal que rige todos los aspectos técnicos que se deben tener en cuenta a la hora de realizar un proyecto técnico. Pero, ¿cuándo deberíamos aplicar los preceptos en él?
En efecto, si leemos atentamente el citado Código, veremos que muchos de los aspectos en él enunciados son aplicables a cualquier edificio residencial perteneciente a una comunidad de propietarios. la El código técnico garantizará que los edificios sean de la calidad adecuada, estableciendo preceptos que garanticen este objetivo.
Otros estándares aplicables
De naturaleza estatal, existen muchas otras regulaciones aplicables a los edificios existentes. Además de la normativa nacional, hay que tener en cuenta que cada ayuntamiento cuenta con planes urbanísticos generales y ordenanzas municipales que rigen muchos otros aspectos. A través de estos, los ayuntamientos generarán la fotografía de la ciudad, estableciendo preceptos relacionados con la estética de la ciudad, así como criterios que garanticen la correcta convivencia en la misma.
Cuando el trabajo a realizar requiera la realización de un proyecto firmado por un técnico competente, de acuerdo con el art. 10, punto 2, apartado d) de la Ley 38/1999 (LOE), dicho proyecto debe cumplir con la normativa vigente y, en consecuencia, el proyectista debe conocer y aplicar dicha normativa.
El problema surge cuando el trabajo no requiere un borrador, escrito por un técnico. En el caso del Ayuntamiento de Madrid, así como en otras ciudades cercanas a la capital, este problema está solucionado. La Ordenanza de Licencias del Ayuntamiento de Madrid establece que solo se excluyen de la solicitud de licencia las acciones menores realizadas en una sola casa o local. Esto implica que todo trabajo realizado en un edificio o en sus áreas comunes debe ser objeto de una solicitud de permiso de construcción.
Procedimiento de «comunicación previa»
Cuando solicitar una licencia a través del procedimiento «Comunicación previa», procedimiento utilizado para realizar trabajos con poca intervención y que no requieran proyecto, deberá presentarse un informe técnico firmado por un técnico competente, cuando se justifique la actuación a realizar, así como el cumplimiento de la normativa vigente.
En el caso de la capital madrileña, el problema está solucionado ya que, en cualquier caso, la documentación debe estar firmada por un técnico competente, y estaremos seguros de que la normativa se aplicará correctamente.
En el caso de los municipios que no necesiten un documento firmado por un técnico competente, se deberá realizar una consulta a un técnico que les pueda informar adecuadamente de la actuación a realizar, así como de la normativa que deben aplicar. dicho trabajo.
Se debe tener en cuenta que la realización de una obra implica la aplicación de un gran número de normativas muy diversas, que deben combinarse correctamente, para obtener su cumplimiento. La responsabilidad por violar cualquier precepto de una regla no debe ser asumida por personas que no estén calificadas para tomar esa decisión. Los técnicos, cada uno en su especialidad, conociendo las normativas, deben aplicarlas en cada caso y deben ser responsables de su aplicación.
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