Cualquier persona que sea dueña de una vivienda debe conocer las funciones del presidente de la comunidad de vecinos. ¿Por qué? Porque es muy probable que tarde o temprano sea elegido y acabe por ejercer como tal al menos durante un año.

Y es que, según la Ley de Propiedad Horizontal, todo propietario puede ser elegido presidente de su comunidad. El cargo, por lo general, tiene un año de vigencia y duración y, como decimos, a tenor de lo que marca la ley, no se puede renunciar al mismo a no ser que las causas estén muy justificadas (enfermedad grave, incapacidad temporal, edad demasiado elevada…).

Así pues, conviene estar al día de las responsabilidades y obligaciones a las que ha de hacer frente un presidente de comunidad para que, llegado el momento, todo buen vecino sepa a qué atenerse y cómo actuar en consecuencia.

Cuáles son las funciones del presidente de la comunidad de propietarios

Obviamente, el cargo incluye obligaciones, responsabilidades, y también dificultades. No obstante, puede ser una experiencia enriquecedora que permita mejorar la comunidad de vecinos y, por ende, nuestro propio bienestar.

Así pues, en lugar de ver esta función como un marrón, tratemos de mejorar la gestión del vecindario y hagamos caso a lo que dice la LPH en su artículo 13, en el que se afirma que todo presidente será un copropietario que ostentará de forma legal la representación de sus vecinos ante terceros.

Dicho esto, y sabiendo que conviene conocer qué debe hacer el presidente de la junta de vecinos, vamos a descubrir algunas de las funciones que siempre estarán a su cargo.

Convocatoria de reuniones de propietarios

Es decir, es potestad del presidente de la comunidad el encargarse de convocar, como mínimo, una reunión al año, que será la ordinaria. Tendrá que avisar a todos los propietarios para que tengan claro día y hora de la citada convocatoria.

Por lo general, este tipo de labores son llevadas a cabo en conjunto con el administrador de la finca, que es quien está al tanto de realizar las comunicaciones y de avisar al presidente de tales reuniones.

También puede ser que el presidente se vea obligado a convocar una junta extraordinaria, o quizás varias. Suele ocurrir cuando hay problemas que no pueden esperar a la reunión ordinaria. En cualquier caso, se sigue el mismo procedimiento que antes hemos comentado, pero con el añadido de la urgencia.

Igualmente será el presidente quien firme el acta y la cierre una vez que hayan sido recogidos todos los acuerdos a los que se han llegado.

Solicitud del cese de actividades molestas

En el caso de que haya vecinos, ya sean propietarios o inquilinos, que realicen actividades molestas o bien usos inadecuados de las instalaciones comunes, será el presidente quien se encargue de comunicar tal hecho para que cesen las citadas actividades.

Pensemos en poner la música demasiado alta, fumar en espacios comunes, tener el ascensor siempre ocupado o parado, realizar obras para las que no se han obtenido los permisos legales…

Hay muchas posibilidades, bien sean voluntarias o no. En cualquier caso, el presidente amonestará, ya sea por voluntad propia, o bien porque otros inquilinos o propietarios lo han puesto en conocimiento del citado presidente.

Advertirá, en primer lugar, para encontrar soluciones dialogadas y amistosas. Si no se pone remedio, amonestará y recordará que está en potestad de tomar acciones legales.

Contratación de obras y servicios

El presidente, como representante de su comunidad, es el que se encarga de contratar obras y servicios varios que se requieran. Por ejemplo, servicios de mantenimiento y limpieza, reparación de elementos comunes que se hayan estropeado, etc.

Representación legal

El presidente es la representación legal de la comunidad en cualquier acción legal. Es decir, dado que la comunidad no tiene personalidad jurídica, será esta figura quien se persone en su representación en toda cuestión legal.

Exigencias de pagos

Si algún propietario moroso contrae deudas con la comunidad, es el presidente, si así se ha acordado de forma previa en reunión de propietarios, quien exigirá por la vía judicial los pagos pendientes y adeudados.

Si, además, no hay secretario en la comunidad, o si existen estatutos que marquen ciertas labores extra, el presidente tendrá que cubrir esas necesidades, que suelen incluir facturaciones y cobros de cuotas, contabilidad, fondos comunitarios, etc.

Sea como fuere, para llevar a cabo estas actividades se suele contar con un administrador de fincas profesional. En cualquier caso, el profesional conoce bien las funciones del presidente de la comunidad de propietarios y ayudará y aportará en todo ello siempre que sea necesario.

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