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Saber si un conducto o tubería de drenaje es común o exclusivo determinará quién debe hacerse cargo de la obra en caso de avería.. Por este motivo, es muy importante saber dónde está la línea entre la propiedad de una tubería, ya sea luz, agua, aire acondicionado, gas, antena o teléfono. Veamos los diferentes casos de forma generalizada:
Electricidad
Los conductos eléctricos tendrán el carácter de un elemento común desde el contador hasta la entrada a la vivienda.
Aire acondicionado
A menos que se especifique lo contrario en el Título o los Artículos, si brindan un servicio exclusivamente a un propietario, la tubería y el dispositivo serán exclusivos. Sin embargo, en los servicios centrales son comunes las torres, al igual que sus conductos a la entrada de propiedad privada o al fan coil o al casete.
A menos que se disponga lo contrario en los Artículos, si el aire acondicionado brinda servicio a un solo propietario, la tubería y el dispositivo son exclusivos.
En el caso de que existan unidades de aire acondicionado instaladas originalmente en la cubierta del edificio que brinden el servicio a cada propietario, tanto el dispositivo como la tubería son exclusivos, es decir, el propietario a quien presta el servicio, salvo que el Constituyente El título o los estatutos disponen lo contrario.
Gas
Cuando existe una centralización de contadores, la instalación es común desde el contador hasta la entrada a la casa o local. Si la instalación de gas es a través de un receptor común, la tubería es común a la entrada a la casa o local donde se convierte en privado.
Antena
Por lo general, los conductos y cables de antena se consideran comunes hasta la entrada de la casa. Sin embargo, el límite entre elemento común y elemento propietario debe establecerse hasta la derivada, siendo la instalación común hasta este punto (incluida la derivada) y desde este punto propietario.
Si la instalación se realiza en cascada dentro de las casas, el cabezal, los elevadores, el cableado vertical y la derivación se consideran comunes. Desde el desviador, todas las tuberías y el cableado de la casa se considerarán privados.
En las instalaciones de sucursales que operan fuera de las casas, el colector, los elevadores, el cableado vertical y horizontal son comunes hasta la entrada de la casa. No obstante, se recomienda que el desviador sea el elemento diferenciador entre el espacio común y el espacio privado, ya sea en el exterior o en el interior de la vivienda.
En comparación con las antenas individuales, son exclusivas tanto si se instalan en el techo como en la fachada.
En comparación con las antenas individuales, son exclusivas tanto si se instalan en el techo como en la fachada. Si prestan un servicio a un grupo específico de propietarios, por tratarse de un servicio individual del grupo que se beneficia del mismo, sería de carácter privado a menos que el título de constitución o los estatutos le asignen el carácter de elemento común.
Teléfono
Los conductos u orificios por los que pasan los cables necesarios para brindar el servicio telefónico son una característica común. No obstante, se considerarán propietarios los hilos conductores o cables pertenecientes a la empresa que los instaló.
Sistema de intercomunicación y videoportero
Toda la infraestructura tiene el carácter de un elemento común hasta la entrada a la casa.
El teléfono en cada casa o habitación se considera privado, por lo que el mantenimiento es responsabilidad del propietario privado.
Por lo tanto, la placa de la puerta, el cableado y los conductos son elementos comunes, y el teléfono es exclusivo porque está dentro de la casa.
Si el propietario cambia voluntariamente la ubicación del teléfono, la nueva instalación dentro de la casa se considerará exclusiva.
Evidentemente, los casos presentados siguen una regla general, y cada uno de ellos debe ser estudiado por separado ya que un simple elemento auxiliar puede determinar la responsabilidad del daño.
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