Por Salvador Salcedo. Abogado
El mercado del alquiler vuelve a tener demanda tras la crisis sanitaria. Muchos han descartado comprar una vivienda por ahora, priorizando el alquiler. Sin embargo, la incertidumbre que ha creado COVID-19 también es un factor a considerar antes de renunciar a un alojamiento de alquiler. Hay cuatro preguntas que el propietario debe hacerse.
¿¿Cómo sé si el inquilino potencial es solvente??
El proceso de encontrar un inquilino potencial no puede ignorar el impacto económico de la pandemia. Hay muchos trabajadores en una ERTE, otros que temen perder sus trabajos y muchos autónomos en apuros. Por este motivo, antes de firmar el contrato de alquiler, se aconseja al arrendatario y a sus familiares que demuestren su solvencia.
Para conocer la solvencia, se puede solicitar a los candidatos el contrato de trabajo, las últimas nóminas y la declaración del IRPF. De esta forma conoceremos su nivel de ingresos, si tienen contrato indefinido, si su nómina está ingresada o si están en un ERTE. Si alguien trabaja por cuenta propia, debe solicitar el resto de las declaraciones de impuestos. Consultar un registro de morosos para descartar que tengan deudas también es una posibilidad.
¿¿Qué garantías adicionales al depósito puedo exigir al inquilino??
La actual ley de arrendamiento limita las garantías adicionales que se pueden exigir al inquilino a dos pagos mensuales de alquiler. Algunos propietarios, especialmente aquellos que alquilan su alojamiento amueblado, encuentran insuficiente esta garantía y el depósito. No solo ante un hipotético impago, sino también ante los perjuicios que puede ocasionarles un mal inquilino.
Sin embargo, existen posibles alternativas. La firma del contrato de alquiler por un período superior al mínimo legal permitirá más garantías. Como era de esperar, el límite de dos pagos mensuales solo se proporciona para alquileres de un período máximo de cinco años. Pedirle al inquilino que encuentre a una persona solvente como cogarante es otra opción. Y obligar al inquilino a firmar el contrato con su esposa o su pareja solidariamente otra solución.
Se recomienda encarecidamente la inclusión en futuros contratos de alquiler de provisiones en caso de rebrote en el alquiler de locales comerciales.
¿Debo incluir en el contrato de alquiler disposiciones para un brote de Covid-19?
Actualmente se desconoce el curso de la pandemia, ya que aún se desconocen muchos aspectos del COVID-19. Por esta razón, los expertos se preguntan si es posible o no un nuevo brote del virus. Problema relevante por las consecuencias económicas que esta circunstancia podría tener para el posible inquilino.
Se recomienda encarecidamente la inclusión en futuros contratos de alquiler de provisiones en caso de rebrote en el alquiler de locales comerciales. En vivienda, será útil si el inquilino se encuentra en una situación de necesidad grave que habrá que delimitar. Precisar medidas que faciliten el pago del alquiler al inquilino y eviten el desalojo, en cuyo caso esto puede resultar de interés.
¿Puedo desalojar al inquilino dentro de un tiempo razonable si no me paga?
El colapso de la justicia es uno de los efectos secundarios del COVID-19 que más preocupa a los propietarios de viviendas. El aumento de los litigios y la demora acumulada por los tribunales después de la detención podría retrasar los conflictos, prolongando situaciones de indefensión.
El procedimiento de desalojo, por falta de medios en los tribunales, se prolonga en muchos casos alrededor de un año hasta que se lleva a cabo el desalojo definitivo del inquilino moroso. Situación que podría tardar aún más después de COVID-19. Por este motivo, se aconseja al arrendador que tenga mucho cuidado al elegir un buen inquilino, exigiendo solvencia y garantías para reducir el riesgo.
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