Comunidad de vecinos y estatutos: ¿cómo se crean?

Aunque no todo el mundo lo tenga claro, comunidad de vecinos y estatutos son dos elementos que van unidos. Recordemos la importancia de la convivencia y la necesidad de que todo el mundo en una finca sepa a qué atenerse en su comportamiento, si va a hacer obras en su vivienda, etc.

Aunque existe sobrada legislación en la Ley de Propiedad Horizontal, que no exige tener estatutos propios, muchas comunidades optan por crear los suyos, lo que está recogido en la norma y que, si se estipula, serán de obligado cumplimiento siempre que no vayan en contra de otras leyes de mayor rango y vigencia.

La relación comunidad de vecinos y estatutos: ¿qué es?

Los estatutos de una comunidad de vecinos son las normas que los propios vecinos elaboran, de forma que se pueda regular la convivencia más allá de lo que estime la Ley de Propiedad Horizontal. Por eso es necesario saber que es algo voluntario y que requiere de la participación y el acuerdo de todos.

Estas normas regularán la vida de las personas que viven en la comunidad. Por eso, dependiendo de la naturaleza y necesidades específicas de la misma, pueden variar de forma notable entre unas y otras.

Algunos ejemplos que se suelen ver en los estatutos de una comunidad de vecinos son estos:

  • Regulación de usos de las zonas comunes y las actividades que se pueden hacer en ellas. Por ejemplo, supongamos que hay piscina o espacio deportivo. Puede haber un estatuto que especifique los horarios de uso de los mismos.
  • Limitación de actividades en pisos. O sea, hasta qué hora se puede tener la música o la televisión puesta a cierto volumen, por ejemplo, qué niveles de ruido son aceptables, etc.
  • También se pueden regular las actividades y usos en los locales de la comunidad, ya sean comerciales o de uso común.
  • Igualmente se puede regular la modificación de elementos arquitectónicos o que afecten a la estética de la construcción. Es común, por ejemplo, el uso de toldos, ya que todos deberán ser iguales.
  • Además, se regulan las obligaciones de los vecinos, por ejemplo, respecto a los pagos de las cuotas de las comunidades en tiempo y forma, etc.
  • Igualmente debemos recordar que estos estatutos serán de obligado cumplimiento, por cuanto regirán las normas de régimen interno de la comunidad. Esto quiere decir que afectarán a los vecinos que son propietarios, pero también a los que sean inquilinos, ya estén alquilados durante largos periodos de tiempo, o bien durante unos días.

Cómo elaborar los estatutos

En la actualidad no existe un modelo oficial para la elaboración de los estatutos de una comunidad de vecinos. Esto quiere decir que cada vecindario podrá trabajar en ellos según les resulte más interesante, siempre adecuándose a sus necesidades de acuerdo a lo establecido por la Ley de Propiedad Horizontal.

En ocasiones, es la propia promotora la que realiza dichos estatutos, listos para la comunidad que se va formando según entran a vivir al recibir la vivienda que han comprado o en la que alquilan.

Por lo general, los promotores cuentan con experiencia, así como con el asesoramiento de administradores de fincas. Además, también es común que se tengan ayuda de expertos en Derecho. De esta forma se pueden crear estatutos totalmente adecuados a ley, gracias a un soporte profesional que crea una legalidad previa a que exista un gobierno de la comunidad de vecinos que, por lo general, se compone de presidente, secretario, vicepresidente si procede y, lógicamente, de todos los vecinos.

No obstante, serán los propios vecinos los que, a posteriori, reunidos en Junta Extraordinaria, puedan dar efecto a los estatutos siempre que sean aprobados por unanimidad.

¿Se pueden modificar los estatutos de la comunidad?

En efecto, los estatutos pueden ser modificados a posteriori. Además, se pueden cambiar para proceder a la redacción de unos nuevos. Para ello se siguen estos pasos:

  • Redacción de nueva propuesta.
  • Remisión de propuesta a los propietarios.
  • Estudio de la propuesta.
  • Convocatoria de junta con tema principal expreso para la creación o modificación de los estatutos.
  • Celebración de la junta.
  • Redacción del acta.
  • Incorporación al libro de actas y firma de presidente y del secretario si procede.
  • Envío del acta a los vecinos propietarios.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad.

Así funciona la relación entre comunidad de vecinos y estatutos. Sabemos que poner de acuerdo a mucha gente no siempre es fácil. Sin embargo, puede ser una herramienta útil para evitar conflictos. Por eso, si quieres saber más, contacta con nuestros expertos.

Aquí recibirás ayuda profesional en este y en otros casos en los que necesites el aporte de personas experimentadas en la administración de fincas.

 

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